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martes, 10 de agosto de 2010

Cajas de Compensación Familiar, Un Negocio Social "Conveniente"



















Parte I


El presente documento, tiene por objeto introducir este tema en el debate nacional a las organizaciones que hoy día velan por la equidad social de nuestro país, principio que no tiene más objetivo que salvaguardar el derecho constitucional de todos los chilenos, por tener mismos derechos y obligaciones, y mismas oportunidades.

Si el modelo es de libre competencia, con una participación activa del estado como ente fiscalizador; entonces, ¿por qué existen las Cajas de Compensación?.



Revisión de la Microcoenomía



Antes de comenzar creo que vale la pena observar algunas de las premisas que muchos de nosotros estudiamos, durante no pocos años en la universidad, y que tienen que ver con el equilibrio microeconómico; es decir, el equilibrio de los mercados operando libremente, a nivel de cada una de las industrias y empresas.

Teóricamente hablando, los equilibrios estaban dados por la igualdad entre la relación de las productividades marginales y las relaciones de precios de los factores productivos.
Los factores productivos, eran (y son) el capital (K) y el trabajo (L).

Para no centrarnos en estos aspectos, se puede consultar la abundante biografía que existe sobre el particular.

Lo interesante, es que según esto, en un régimen de libre competencia, ocurría que la relación de los precios, debía tener alguna relación de igualdad (o tendiente a la igualdad) de la relación del aporte de la última unidad de factor productivo consumida, o bien utilizada en el proceso productivo.


Los precios de los factores productivos, no son más que el salario para el trabajo, y la tasa de interés para el capital.

Este modelo, no cuestiona, si es que este salario es justo o no justo; sino que el monto del mismo tendrá alguna relación con el aporte que se haga a la empresa, lo que es denominado productividad marginal; en relación al precio y aporte del capital.

Sabemos que los países que tienen una mayor riqueza, han podido acceder a mayores niveles de productividad del capital, a menores precios respecto de lo que es la mano de obra; lo que se podría entender como países intensivos en capital versus los países pobres, que suelen ser más intensivos en mano de obra.

Este modelo teórico, nada dice respecto de si el salario es justo o no es justo; sino más bien, nos señala una idea muy concreta que tiene que ver con que el retorno final para los factores productivos, tiene que ver con su aporte respecto de los precios.

Sin embargo, tenemos que precisar el nexo que existe entre el modelo teórico y lo que podríamos entender por “salario justo”.

Para ello, haremos una mención especial al fundamento primario de la teoría microeconómica, sobre la cual se basa el modelo capitalista. Este fundamento, dice relación con las necesidades infinitas que tiene el ser humano, y su búsqueda incesante del bienestar “material”. Entonces, es oportuno señalar que el modelo se basa en una suerte de tragedia colectiva, en la cual las personas gastan toda su energía, y su salario, en alcanzar el máximo nivel de bienestar material.

Tanto así que si un obrero, administrativo, ejecutivo, dueño de empresa o cualquier otro trabajador, no duda en que su bienestar (o felicidad) se logra toda vez que logra proveer o proveerse de todas aquellas cosas materiales que facilitan la vida, y que por lo tanto incrementan su bienestar y felicidad.

Entonces, en nuestro modelo nos encontramos con que es muy válido invertir en marketing, y crear productos y marcas que trasmitan ideas que van destinadas a convencer a quien los consume, de que su bienestar es mayor, sólo porque tiene o posee determinadas cosas.

Indudablemente, frente al bombardeo de los medios, que nos instan al consumo desmedido, es que no hay salario que lo soporte, ni aún con la mayor de las productividades, especialmente porque se parte de una desigualdad en las oportunidades de acceder a los bienes que son básicos, tales como la salud y la educación.

Para revisar detalles sobre la educación en Chile, los invito a leer EDUCATION IN CHILE publicado en http://www.bbsc.cl/

En medio de esta tragedia mercantil, se podría esperar un fuerte movimiento sindical en Chile, que “luchara” por lograr una mejor posición relativa para los trabajadores de menores ingresos; más allá de lo que corresponde a su aporte al proceso productivo.

Es decir, los sindicatos como resultado del desequilibrio entre lo que los trabajadores tienen y lo que desean tener, siempre con el objeto de alcanzar el bienestar mínimo que nos impone la sociedad.


El origen histórico de las Cajas de Compensación
Las Cajas de Compensación son entidades de previsión social constituidas como corporaciones de derecho privado, con patrimonio propio y sin fines de lucro, reconocidas legalmente desde 1953.

Su origen se remonta a los gremios empresariales que crearon el beneficio de la asignación familiar obrera para el personal de sus empresas, prestación que después se universalizó para todos los trabajadores.

Extensa bibliografía al respecto, en especial "Historia de Chile. Desde la invasión incaica hasta nuestros días (1500-2000), Santiago, Catalonia Ltda., 2003" Armando de Ramón (1927 - 2004).

Con el tiempo y gracias a los excedentes generados por su eficiente administración, la normativa permitió a las Cajas de Compensación ampliar su ámbito de acción, por lo que se crearon nuevas prestaciones y beneficios sociales, como son las prestaciones adicionales, prestaciones complementarias, crédito social, recaudación y pagos que realizan por encargo del Estado, asignación familiar, subsidio de cesantía, subsidio de incapacidad laboral y subsidio maternal.

En concreto, el Modelo de Negocios de las Cajas de Compensación tiene tres grandes rubros que lo identifican:

  • Pago de las prestaciones legales, prestación de servicios de recaudación de cotizaciones, tarea que facilita y agiliza procesos administrativos de las empresas y del Estado. Este servicio contribuye a que el Estado genere importantes ahorros por la vía de cobros menores que los costos de mercado.
La Industria de las Cajas de Compensación Entrega de beneficios financieros a sus afiliados, que se traducen en productos financieros como el crédito de consumo, crédito hipotecario, administración de seguros, ahorro y leasing habitacional, entre otros.

Las Cajas son organizaciones que se plantean con alto sentido social, que se refleja en el otorgamiento de beneficios a los afiliados por ejemplo a través de convenios en las áreas de salud, recreación, educación y cultura, realizando un importante aporte al desarrollo, el bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de nuestros afiliados, sus familias y la comunidad.

Cinco son las Cajas que integran la industria de Cajas de Compensación:

  • Los Héroes,
  • Los Andes,
  • La Araucana,
  • 18 de Septiembre y
  • Gabriela Mistral
En la historia, los cambios legales han permitido sumar posibilidades. El resumen de estos cambios legales, son los que se detallan a continuación. 

1953 : Reconomiciento Jurídico De Las cajas De Compensación De Asignación Familiar


1974 : Se Aprueba La Ley Que Permite Entregar Créditos Sociales A los Trabajadores


1991 : Nace la Asociación Gremial De Cajas De Compensación


1997 : Se Aprueba La Ley Que Permite La Afiliación De Pensionados


2007 : Se Aprueba La Ley Que Permite La Afiliación De Empleados Públicos


2008 : Se Aprueba La Ley Que Permite El Otorgamiento De Créditos Hipotecarios y Créditos de 5 a 7 años.

En la revisión de este resumen histórico, es interesante revisar la suerte de coincidencia entre la aprobación de la Ley que permite a las CCAF entregar Créditos Sociales, en 1974, año que coincide con el primer año de Dictadura en Chile.


La Industria de las Cajas de Compensación

Fuente: Afiliados Pensionados “Intercajas”.

El sistema de Cajas de Compensación ha sido estable en cuanto al número de empresas que lo integran y desde 1991 todas las Cajas de Compensación se agrupan en la Asociación Gremial de Cajas de Compensación de Asignación Familiar.

Dada la bancarización de los segmentos socioeconómicos más bajos, se aprecia una tendencia de estrecha competencia en el mercado de los créditos a personas. Por una parte, además de las unidades de créditos de consumo masivo de los bancos, se encuentran compitiendo otras organizaciones como las Cajas de Compensación y las casas comerciales. Adicionalmente, hay una estrecha competencia en términos de la innovación de productos y servicios, complementado con mejoras en los estándares de calidad y atención que los distintos oferentes ponen a disposición del público.

La entrada en vigencia de la Ley N° 20.233 a partir del 1° de enero de 2008, permitió a las Cajas de Compensación incorporar en su sistema de prestaciones sociales a las entidades empleadoras del Sector Público. Esto significó una expansión del mercado potencial en aproximadamente 200.000 beneficiarios, los cuales pueden acceder a los créditos sociales, a las prestaciones adicionales y a las prestaciones complementarias. 

En virtud de una modificación al Reglamento de Crédito Social D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a partir del 1° de julio de 2008 las Cajas de Compensación pueden otorgar créditos sociales con un plazo de hasta siete años, equivalentes a los plazos de otras instituciones que otorgan crédito (hasta antes de esa fecha el plazo máximo de otorgamiento de crédito era de cinco años). Asimismo, a contar de esa fecha se facultó a las Cajas de Compensación para otorgar créditos hipotecarios habitacionales, por hasta treinta años plazo, ampliando considerablemente el mercado potencial de la industria a un nuevo negocio, que hasta el momento sólo había sido explorado mediante el ahorro tradicional y ahorro para la vivienda.


Por otra parte, la ley N° 20.255 publicada en el Diario Oficial el 17 de marzo de 2008, que estableció la Reforma Previsional, creó un sistema de pensiones solidarias de vejez e invalidez, complementario del sistema de pensiones contenido en el D.L. 3.500 de 1980, lo que posibilitó la incorporación a las Cajas de Compensación de los beneficiarios de las nuevas pensiones básicas solidarias (PBS), para los efectos de acceder a las prestaciones adicionales, de crédito social y de prestaciones complementarias.
Este trabajo continuará ……
Si quieres más información, escríbeme a cvaldesm@uc.cl
Claudia Valdés Muñoz

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